Se dictó Sentencia Interlocutoria declarando SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado PAOLO GALLO, en fecha 10-07-2003, contra el auto dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara, en fecha 08-07-03, quedando CONFIRMADO el auto apelado. Se condenó en costas al apelante.