DISPOSITIVA
En mérito a las razones que preceden, este Juzgado Nº 11 en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, extensión Carora, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley DECRETA:
PRIMERO: Con Lugar la solicitud Fiscal de Desestimación de la Denuncia, interpuesta por ERIK RENIEL GOMEZ MARIN, titular de la cédula de identidad Nº V-19.300.538, conforme a lo establecido en el único aparte del artículo 301 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Notifíquese al denunciante y a la Fiscalía del Ministerio Publico, y una vez firme la presente decisión devuélvanse las presentes actuaciones a la fiscalía octava del ministerio publico para su correspondiente archivo, de de conformidad con lo establecido en el artículo 302 del Código Orgánico Procesal Penal. Es todo Regístrese, Publíquese y Cúmplase. Dada firmada y sellada en la sala de este despacho en fecha 02 de Abril de 2012
La Juez de Control Nº 11
La Secretaria
Abg. Nedd.....