Este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 501 y 502 del Código Civil, ORDENA RECTIFICAR la Partida de Nacimiento de Identidad omitida de conformidad con lo previsto en el artìculo 65 de la Ley Organica Para la Protecciòn del Niño y del Adolescente, en cuanto a los datos de identificación del padre los cuales deberán aparecer en lo adelante como "JOSÉ MANUEL PALMA GUEDEZ; titular de la cédula de identidad N° 15.352.834, estado Civil Casado, domiciliado en Agua Viva, sector Vallecito, S/N, Barquisimeto", así mismo en cuanto a la madre deberá aparecer el estado civil como "CASADA", Partida esta asentada en la Jefatura Civil de la Parroquia Catedral, bajo el N 5097, del libro de Nacimientos llevado por ese Despacho en el año 2005. Rectifíquese la Partida de Nacimiento.