DECLARADA PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda, de conformidad con los artículos 383, 520 y 523 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.Queda extinguida la obligación Alimentaria para la ciudadana: MARISELA CHIQUINQUIRA LADINO MORA, de conformidad con lo estatuido en el artículo 383, literal b, de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente. Se condena al obligado ANTONIO JOSÉ LADINO CHIRINOS, a suministrar como monto de pensión de alimentos, la cantidad de VEINTE MIL BOLIVARES (Bs. 20.000,oo) SEMANALES, a partir del mes de JUNIO del presente año. En cuanto a los gastos médicos, escolares y vestimenta se fijan en un 50%.-Abrase carpeta de cumplimiento alimentaria.-