Por todos los razonamientos de hecho y de Derecho expuestos, la Juez Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: Sin Lugar el Amparo Cautelar de suspensión de efectos, solicitado por el ciudadano GABRIEL GERARDO MORENO SOLORZANO en contra de la Providencia Administrativa emanada de la Inspectoría del Trabajo sede José Pio Tamayo del Estado Lara, dictada en fecha 30 de septiembre de 2014, en el expediente administrativo, signado con el Nº 005-2013-01-03031, que declaró CON LUGAR, la solicitud de Calificación de Falta instaurada en sede administrativa por la empresa INVERSIONES MILAZZO C.A.