En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control, Audiencias y Medidas Nro. 02, de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial con Competencia en Delitos Contra la Mujer del estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve lo siguiente: DECRETA: SIN LUGAR, la solicitud de sustitución de la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad dictada en fecha 22 de octubre de 2015 al ciudadano {......} titular de la Cédula de Identidad Nº {......} por una medida menos gravosa de las establecidas en el artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese. Regístrese y Publíquese. Cúmplase.
EL JUEZ DEL TRIBUNAL DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS N° 2
ABG. ORLANDO JOSÉ ALBUJEN CORDERO
SECRETARIA
ABG. JOSELYN SÁNCHEZ