Por todos los razonamientos de hecho y de Derecho expuestos, la Juez Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara; administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la autoridad que le confieren la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: Se declaran improcedentes las diferencias demandadas por prestación de antigüedad, sus intereses, utilidades; vacaciones y cbo vacacional en los términos indicados en la parte motiva de esta decisión que se da aquí por reproducido.
SEGUNDO: Se condena a la demandada a pagar al actor la diferencia detectada en la indemnización por despido injustificado.
TERCERO: No hay condenatoria en costas por el vencimiento parcial.