este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara SIN LUGAR la pretensión de NULIDAD DE CONTRATO, intentada por los ciudadanos ALIRIO JOSÉ DURÁN PÉREZ, ETANISLAO DURÁN PÉREZ, NEUYOR JOSEFINA DURÁN PÉREZ, JOSÉ IGINIO DURÁN PÉREZ, CARLOS ENRIQUEZ DURÁN PÉREZ, YOHELIS DURÁN PÉREZ, MARISOL DURÁN PÉREZ, SOLMARÍA DURÁN PÉREZ y MARÍA GLORIA DURÁN PÉREZ, contra la ciudadana EVELYN JUDITH BECERRA MÉNDEZ, todos previamente identificados.