PRIMERO: Determinar de forma concisa, que Derechos Constitucionales considera han sido violentados al asistido en la presente acción de amparo Constitucional, por parte del Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control de esta Circunscripción Judicial con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer del estado Lara.
SEGUNDO: Mencione de manera clara y concisa a que Audiencia Procesal alude la presunta Violación de Omisión de actuación Jurisdiccional.
El solicitante deberá dar cumplimiento a lo aquí ordenado dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a su notificación, si no lo hiciere, la acción de amparo será declarada inadmisible, conforme a lo previsto en el artículo 19 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, salvo que este Juzgado verifique violaciones de orden constitucional.