/Este Tribunal Primero de Primera Instancia en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, con fundamento en el artículo 2 y 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículos 471 numeral 1º y 483 del Código Orgánico Procesal Penal, MANTIENE la Fórmula Alternativa de Cumplimiento de Pena, a favor del penado JOSE ALFREDO RODRIGUEZ VIAÑA, quien quedó impuesto de las condiciones. Deberá presentarse de manera inmediata al Centro de Residencia Supervisada "Dra. Nilda Lucrecia Hernández". Se ordenó librar Boleta de Libertad y oficio al Centro de Residencia Supervisada "Dra. Nilda Lucrecia Hernández". Se ordena oficiar a los organismos de Seguridad del Estado, a los fines de dejar sin efecto la orden de aprehensión librada en fecha 21/01/2014. Las partes quedaron notificadas. Registrada en esta misma fecha. Cúmplase.