Por las razones antes expuestas, es por lo que, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley ACEPTA LA DECLINATORIA DE COMPETENCIA, por el territorio, planteada por el Tribunal Séptimo De Municipio Ordinario y Ejecutor De Medidas Del Municipio Iribarren De La Circunscripción Judicial Del Estado Lara.
Expídase por Secretaria copia certificada de la presente sentencia y archívese.
Regístrese y publíquese
Dada, sellada y firmada en la sala de Despacho del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en la ciudad de Carora a los tres (03) días del mes de abril de 2023. Años: 212º de la Independencia y 164º de la Federación.
El Juez Provisorio,
ABG. EILER JOSÉ PÉREZ.
La Secretaria,
ABG. LUISA CARINA RODRÍGUEZ DE LADINO.
En esta .....