D E C I S I Ó N
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por el ciudadano RAFAEL ENRIQUE SEMPRUM a través de su apoderada judicial, contra el auto dictado el 16-11-2006 por la Sala Nº 3 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en el juicio de Divorcio 185-A formulado en su contra por la ciudadana LETICIA SANDREA HERRERA DE SEMPRUM.
Queda CONFIRMADO el auto apelado.
Por cuanto la presente decisión sale fuera del lapso de Ley, notifíquese a las partes conforme lo establecido en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.
De conformidad con el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase copia certificada de esta sentencia para ser agregada al libro respectivo.
Regístrese, publíquese y bájese opor.....