Este Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR, el Recurso de Apelación interpuesto por la ciudadana (se omite), en contra de la sentencia dictada en fecha (Se omite), por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en la ciudad de Barquisimeto. En consecuencia, se MODIFICA el fallo, y se DECLARA CON LUGAR la Adopción Individual solicitada por la ciudadana (Se omite), venezolana, mayor de edad, casada y titular de la cédula de identidad Nro V- (se omite) en beneficio del niño (Se omite)