PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte recurrente JOSE GREGORIO ALMAO contra la sentencia de fecha 15/02/2018 dictada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: IMPROCEDENTE la OPOSICION de la Medida Cautelar de Suspensión de los Efectos de la Providencia Administrativa Nro. 00498, de fecha 17/05/2017 emanada de la Inspectoría del Trabajo sede "Pedro Pascual Abarca" dictada en el expediente N° 013-2016-01-00029.
TERCERO: Se CONFIRMA la sentencia recurrida.
CUARTO: No hay condenatoria en costas dada las características del fallo.