SIN LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial de la parte querellada INSTITUTO MUNICIPAL DE ASEO URBANO DEL MUNICIPIO TORRES en contra de la sentencia dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia del Trabajo del Estado Lara dictada en fecha 05 de Agosto del 2011 que declaró CON LUGAR el amparo constitucional interpuesto por el ciudadano ANISETO GONZALEZ venezolano, titular de la cédula de identidad Nro. 14.639.381. Así se decide.