¿ Para tomar una decisión, hay que valorar las pruebas incorporadas durante la celebración del juicio oral y público, no únicamente las conclusiones de las partes, que no es más que el análisis que cada parte hace de las pruebas incorporadas al proceso para sustentar sus respectivas posiciones, éstas sirven para apoyar el criterio que el juez ya ha formado en su interior luego de escuchados, incorporados por su lectura y analizados los medios y órganos de prueba evacuados durante el debate probatorio.
¿ La Corte de Apelaciones de este estado sostuvo este criterio en los asuntos KK01-X-2009-000007, KK01-X-2008-000028 Y KK01-X-2009-000157, entre otros, en los cuales declaró con lugar las inhibiciones planteadas por esta misma causal en virtud de haber operado la interrupción del juicio oral y público.
¿ Por tales motivos, si bien no se emitió pronunciamiento alguno, esta juzgadora ya tenía formado un criterio sobre los hechos debatidos en el ejercicio propio de las funciones de jui.....