DECISIÓN
Por las razones precedentes, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer y decidir el recurso de apelación, interpuesto por el abogado Carlos Eduardo Navea, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 173.793, actuando en su condición de Defensor Público Tercero en Materia Civil y Administrativa Especial Inquilinaria y para la Defensa del Derecho a la Vivienda del Estado Lara de la parte demandada, contra la sentencia dictada en fecha ocho (08) de enero de 2019, por el Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en el juicio por DESALOJO DE VIVIENDA
SEGUNDO: SIN LUGAR el recurso de apelación.
TERCERO: Se CONFIRMA con diferente motiva la decisión dictada en fecha ocho (08) de enero de 20.....