DISPOSITIVA
En base a las consideraciones que preceden, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en funciones de Juicio No 1, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY declara: PRIMERO: Admite la acusación presentada por la representación de la Fiscalía Quinta del Ministerio Público en contra del ciudadano CARLOS ALBERTO ALVARADO CORDERO, titular de la Cedula de Identidad Nº 21.127.871, por los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el artículo 458 en relación con el primer aparte del artículo 80 del Código Penal, y DETENTACIÓN DE ARMA DE FUEGO. SEGUNDO: Admitida como fue la acusación e impuesto el acusado sobre el procedimiento especial de ADMISIÓN DE LOS HECHOS, y habiendo admitido su responsabilidad de los mismos, se le declara CULPABLE por la comisión de tales delitos y se le CONDENA a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS y ONCE (11) MESES DE PRISIÓN, más las accesorias de Ley. TE.....