CONDENÓ al ciudadano Edward Edgardo Lucena Alvarado venezolano, titular de la cédula de identidad N° 15.265.875 , de estado civil soltero, de 24 años de edad, fecha de nacimiento 08-11-1980, de profesión u oficio Promotor de Ventas , hijo de Ada del Carmen Lucena Alvarado y Ramón Pastor Lucena, domiciliado en calle Bolívar con calle Piar, Casa S/N°, Barquisimeto Estado Lara; a cumplir la pena de cinco años y tres meses de presidio más las accesorias a la de presidio previstas en el artículo 13 del Código Penal, en el establecimiento penal que le señale el Tribunal de Ejecución, por encontrarlo culpable de la comisión del delito de Robo Agravado en Grado de Frustración, Porte Ilícito de Arma de Fuego y Aprovechamiento de Cosas Provenientes del Delito tipificados en los artículos 460 en relación al artículo 80, 278 y 472 primer aparte todos del Código Penal del año 2000. Y CONDENÓ a los ciudadanos José Miguel Morillo Rodríguez venezolano, titular de la cédula de identidad N° 16.641.397,.....