En virtud de los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Control Nº 7 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA visto a la necesidad y urgencia de la solicitud fiscal, ORDEN DE APREHENSION AL INVESTIGADO ciudadano VARGAS GONZALEZ LUIS EDUARDO, titular de la Cédula de Identidad Nº 18.655.673, residenciado en Sector III, Calle Santa Eduvigis, Casa Nº 343-A, del Barrio Indio Manaure, Barquisimeto Estado Lara, apodado caraotica, Barquisimeto Estado Lara, conforme a lo establecido en el ultimo aparte del artículo 250, del Código Orgánico Procesal Penal, por las fuerzas de coerción del país, las cuales una vez ejecutada la orden que este Juzgado emite, deberán participarlo al despacho de la Fiscalía Décimo Sexta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial y conducirlo ante este Tribunal, a fin de cumplirse el procedimiento señalado en el prenombrado artículo. Líb.....