DECISION
En base a lo expuesto, este Juzgado Superior Tercero Agrario, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA INHIBICION planteada por la abogada DULCE MARÍA ARDÚO GONZÁLEZ, en su condición de Juez Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa. En consecuencia, SIN LUGAR el allanamiento planteado por la parte actora, ciudadanas Yasmín Gisela, Yonelvys Anais, Andreina Marcela y Gaudy Vásquez López en el expediente signado con el Nº 01369-A-10. Así se decide.
Expídase copia certificada de la presente decisión a los fines del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese y regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado Superior Tercero Agrario, en Barquisimeto, a los CUATRO (04) DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIEZ. Años: 200º y 151º.
EL JUEZ,
A.....