En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal de Control Nº 3, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, pasa a pronunciarse en los siguiente términos: PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR LA APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA de conformidad con el Articulo 44 ord. 1 de la Constitución y el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal; SEGUNDO: Se Acuerda la continuación del asunto por la vía del PROCEDIMIENTO ORDINARIO indicado en el artículo 280 de la norma adjetiva TERCERO: Se impone a la ciudadana RENSULYS YOSELIN RODRIGUEZ PINEDA, Titular de la Cedula de Identidad Nº 18.998.791, de 26 años de edad, fecha de nacimiento 06-05-1985, Soltero, Grado de Instrucción Bachiller, Oficio Comerciante, hija de Eliolino Rodríguez y Gregoria Pineda, residenciado en la Urbanización Ruezga Sur, sector 6, casa Nº 2, Barquisimeto Estado Lara. Teléfono: 0251-4187825 y RAFAEL MIGUEL MENDOZA RAMOS Titular de la .....