Este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decide: HOMOLOGAR EL DESISTIMIENTO DEL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la parte actora en contra de la sentencia dictada el 27 de Septiembre de 2013.-