D E C I S I Ó N
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil, Mercantil y Menores del Estado Lara administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por la ciudadana ZENAIDA COROMOTO MENDOZA PERAZA, con el carácter de autos, asistida del abogado GUSTAVO ALFONSO CARDOZO, en contra de la sentencia interlocutoria dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara, en fecha 27 de Mayo de 2004, que ordenó reponer la presente causa al estado de admitir nuevamente la demanda, en razón de que en la misma se encuentra mal conformada la relación jurídica procesal, por cuanto los menores debieron ser incluidos como legitimados pasivos, con la designación de un curador ad-hoc frente a la manifiesta oposición de intereses planteada en su representación legal para el presente asunto
Queda así CONFIRMADA l.....