Por lo tanto, en consideración de lo anteriormente expuesto, éste Juzgado Superior Tercero Agrario Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad incoado por el ciudadano Juris Blaus Peika, a través de sus apoderados judiciales Jaime González Troconis y Ruben Dario Troconis en contra de los actos administrativos emitidos por el Directorio del Instituto Nacional de Tierras, dictado en la sesión Nº 55-07, de fecha 28 de junio de 2007, Punto de Cuenta Nº 135; que en fecha 30 de agosto de 1977 el extinto Instituto Agrario Nacional acordó la revocatoria del Titulo Provisional Oneroso, otorgado a favor de la ciudadana Milda Peika de Blaus, mediante sesión 35-77, Resolución Nº 1389, sobre un lote de terreno de ciento diecisiete hectáreas (117 has), ubicado en la Parroquia Payara, Municipio Páez del Estado Portuguesa. Así se decide. SEGUNDO: En consecuencia, se declaran válidos y con todos .....