En atención a lo antes descrito, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, por las razones de hecho y del Derecho anteriormente fundamentadas, acuerda decretar LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA EN LA PRESENTE CAUSA, que por motivo de OFERTA REAL DE PAGO, interpusiera DERIVADOS DE MAIZ SELECCCIONADO DEMASECA C.A, sociedad mercantil en contra el ciudadano NELSON DARIO SANDOVAL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 21.056.611. Y así se decide.
No hay condenatoria en costas por aplicación supletoria del artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, por remisión del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.