En virtud de las precedentes consideraciones, este Juzgado Superior Tercero Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Lara, actuando como Tribunal de Primera Instancia Regional de lo Contencioso Administrativo Especial Agrario, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: COMPETENTE para conocer el Recurso Administrativo de Nulidad conjuntamente con Medida de Suspensión de Efecto y Medida Cautelar Innominada de Protección a la Producción Agroalimentaria (Pecuaria), interpuesto por el abogado Manuel de Jesús Aponte, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 67.690, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana Clarisa Gutiérrez de Fernández, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 6.191.406. ASI SE DECIDE. SEGUNDO: SE ADMITE el presente Recurso Contencioso Administrativo Agrario de Nulidad conjuntamente con Medida de Suspensión de Efecto y Medida Cautelar Inno.....