DISPOSITIVA
En virtud de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Unipersonal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: ABSUELVE al ciudadano ENRIQUE ANTONIO BORAURE ARANGURE, venezolano, mayor de edad, C.I 3.878.747, fecha de nacimiento21-01-1981, edad 27 años, estado civil soltero, grado de 4to año de Bachillerato, natural Barquisimeto Edo. Lara, domiciliado: Carrera 11 entre calles 19 y 20, Barrio Unión casa Nro. 49-149 a dos cuadras de la Comisaría 22 del las F.A.P Teléfono: 0251-237-56-90, por el delito de APROVECHAMIENTO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el articulo 9 de la Ley de Robo y Hurto de Vehículo Automotor, de conformidad con los artículos 364, 365, y 366 del Código Orgánico Procesal Penal.-
SEGUNDO: Cesan las Medidas Cautelares impu.....