En consecuencia, por las razones antes expuestas, este Juzgado Tercero de Municipio de Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
1) CON LUGAR la demanda por DESALOJO, instaurada por los abogados MARITZA RODRIGUEZ GARCIA Y PASTOR RODRIGUEZ GARCIA, inscritos en el I.P.S.A bajo los Nros. 25.995 y 45.434 respectivamente actuando en su carácter de apoderados judiciales de INVERSIONES SANTA TERESA 2.000, C.A Firma Mercantil inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de La Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 06 de Enero del 2.000, bajo el Nro. 20, Tomo 1-A. contra la ciudadana ELISA JOSEFINA PERDIGON BALLESTEROS, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 14.093.932 y de este domicilio; por lo que se ORDENA la entrega material libre de bienes y personas, en el mismo estado en que lo recibió, del inmueble consistente un apa.....