En merito de las precedentes consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara IMPROCEDENTE la OPOSICION A LAS PRUEBAS incoada por el ciudadano ILDEMARO JESUS RUIZ QUINTANA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 629.658, de este domicilio, contra ASOCIACION CIVIL UNIVERSIDAD FERMIN TORO registrada inicialmente como ASOCIACION CIVIL UNIVERSIDAD DE LARA (UDELA) por ante la Oficina Subalterna del Primer Circuito de Registro del Distrito Iribarren del Estado Lara en fecha 31/10/1.985, bajo el Nº 8 Folios 1 al 6 Protocolo 1, Tomo 6, siendo su ultima modificación de fecha 10/12/1.992, bajo el Nº 3, Folios 1 al 2, Protocolo Primero, Tomo 17. En consecuencia prosígase con la admisión de las pruebas, salvo su valoración en la sentencia de merito.
Visto que las partes conten.....