ste Tribunal Cuarto del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y Por Autoridad de la Ley, DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA, en la presente causa, por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO ARRENDAMIENTO intentada por el ciudadano GUILLERMO GUERRERO VEGA, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.020.788, en su carácter de representante legal de la inmobiliaria G & A BIENES Y RAICES, C.A. debidamente asistidos por el Abg. ALEXIS MEZA, I.P.S.A. Nº 157.829 CONTRA la ciudadana NEIDA BELINDA TORRES PAREDES, titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.959.487. Se ordena el archivo del expediente.