DISPOSITIVA
En atención a las consideraciones antes expuestas, ESTE TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta:
PRIMERO: MEDIDA CAUTELAR DE SECUESTRO de conformidad con lo establecido con los artículos 585, 588 y 599, numeral 7, y 601 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo previsto en el artículo 41 literal "L" del del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Regulación del Arrendamiento Inmobiliario para el Uso Comercial, sobre dos (02) locales comerciales con sus respectivos estacionamientos construidos en un área de terreno propio con un área de QUINIENTOS CUARENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON VEINTE CENTIMETROS (543.20 MTS2) ubicado en la carrera 16 entre calles 38 y 39 No. 38-83 Parroquia Concepción del Municipio Iribarren Barquisimeto, Estado Lara.
SEGUNDO: Se.....