PRIMERO: CON LUGAR la pretensión de nulidad de la Providencia Administrativa Nº 00020, de fecha 26 de enero del 2016, emanada de la Inspectoría Pío Tamayo del Trabajo del Estado Lara, en el expediente Nº 005-2015-01-02597, intentada por el ciudadano RAINEL JOSE GARCIA GARCIA. Así se decide.-.
SEGUNDO: SIN LUGAR la autorización de despido interpuesta por INVERSIONES MILAZZO, C.A., contra el ciudadano RAINEL JOSE GARCIA GARCIA. Así se decide.-.
TECREO: Se ORDENA la reincorporación a su puesto de trabajo del ciudadano RAINEL JOSE GARCIA GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.627.526, al cargo que venía desempeñando, en la entidad de trabajo INVERSIONES MILAZZO C.A., en iguales o mejores condiciones, con la remuneración que corresponda de acuerdo con los respectivos ajustes o aumentos salariales que se hayan verificado; esto a partir de la materialización de su reincorporación. Así se decide.
CUARTO: Definitivamente firme la presente decisión,.....