Revisadas las presentes actuaciones y vista la Transacción celebrada entre la parte actora BANESCO BANCO UNIVERSAL C.A., representada por el Abogado Boris Faderpower, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 47.652, por una parte y por la otra la demandada ciudadana MARIA ODETTE DE GOUVEIA RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.880.493, asistida por la abogada Marduelin Chang Hong, inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 92.412, juicio por Ejecución de Hipoteca. El Tribunal le imparte su correspondiente Homologación, téngase el mismo como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, de conformidad con el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil.