DISPOSITIVA
Por las razones expuestas y artículos citados, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda:
PRIMERO: Se homologa el convenimiento realizado por ante la Defensoria de los Niños, Niñas y Adolescentes "Mons. José Humberto Contreras" del Municipio Valera del Estado Trujillo, de fecha 11-12-2.008, entre los ciudadanos JENNIA CHIQUINQUIRA PIRELA GUTIERREZ Y HENRY JAVIER RAMOS ARAUJO, en donde el padre del niño, se compromete en aportar en interés de su hijo lo siguiente:
La cantidad de DOSCIENTOS OCHENTA BOLIVARES (Bs. 280) mensuales que serán entregados en especies semanal a partir de la fecha 11/12/08, igualmente establecieron de mutuo acuerdo Régimen de Convivencia Familiar "ABIERTO", así mismo compartirán días feriados, festividades navideñas y vacaciones escolares.
SEGUNDO: Entréguese copias Ce.....