DECISIÓN
En mérito de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Su COMPETENCIA para entrar a conocer y decidir en primera instancia de la demanda de nulidad interpuesta por la ciudadana CARMEN AMELIA SILVA GUTIERREZ, venezolana, titular de la cedula de identidad N° v-4.193.357, asistida por el abogado Omar Enrique Caripa, titulare de la cédula de identidad N° V-15.412.323, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 192.749, en contra de la ALCALDIA DEL MUNICIPIO GENERAL DE DIVISION PEDRO LEON TORRES DEL ESTADO LARA.
SEGUNDO: Se declara la PERENCIÓN de la instancia en el presente asunto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
TERCERO: Archív.....