Es por todo lo anteriormente expuesto que éste Juzgado del Municipio Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la
Ley, a tenor de lo previsto en los artículos 362 del Código de Procedimiento Civil y 520 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, DECLARA CON LUGAR, la solicitud de Pensión de Alimentos, intentada por la ciudadana: MAIRA MERCEDES ESCOBAR PIRES, contra el ciudadano: JONATHAN JOSE PACHECO DELGADO, en beneficio de la niña: MARIANA YONKERLYS ESCOBAR .- En consecuencia se acuerda que el Demandado ciudadano: JONATHAN JOSE PACHECO DELGADO, debe suministrar como monto de Pensión de Alimentos la cantidad de DOSCIENTOS MIL BOLÍVARES MENSUALES (Bs. 200.000,00) a partir del mes de OCTUBRE del presente año; igualmente se acuerda que el obligado ciudadano: JONATHAN JOSE PACHECO DELGADO, suministre el 50% correspondientes a vestimenta, medi.....