Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal Cuarto de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley PRIMERO: DECLARA IMPROCEDENTE la solicitud de la ERIKA MARIA TOUSSAINT MORALES , Defensora de los Ciudadanos JOSE LEONARDO RODRIGUEZ Y MAURO ALBERTO GRETEROL , titular de la Cédula de Identidad (...) y (..:) y en consecuencia NIEGA EL DECAIMIENTO DE LA MEDIDA CAUTELAR DE COERCIÓN PERSONAL del mismo, conforme a lo establecido en el artículo 244 del Código Orgánico Procesal Penal y del Criterio establecido por la sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia con Ponencia del Magistrado FRANCISCO CARRASQUERO LÓPEZ, en la Sentencia signada con el N ° 1399 de fecha 17 de Julio de 2006.-
Regístrese, Publíquese y Notifíquese a las Partes.-