Por todos los razonamientos de hecho y de Derecho expuestos, la Juez Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara; administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la autoridad que le confieren la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: Con lugar la demanda, conforme a los fundamentos de hecho y de derecho expresados en la motiva de esta decisión que se dan aquí por reproducidos.
SEGUNDO: No se condena en costas por la naturaleza de esta decisión.