en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por DESALOJO incoada por las ciudadanas SANTINA STELA DESTRO RODRIQUEZ y ANA MARIA DESTRO RODRIQUEZ, venezolanas, titulares de las cedulas de identidad N° V-14.978.305 y V-7.446.317 respectivamente, actuando en su carácter de directoras de la firma mercantil "INVERSIONES SAN MARCO DE VENEZIA, C.A", asistidas por el abogado MARCO ALEXANDER ASUAJE COLMENAREZ, IPSA No. 249.115. Contra la ciudadana MAGDIEL GONZALEZ ESCALANTE, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 17.637.718.
SEGUNDO: se condena a la parte demandada a desalojar y hacer entrega a la parte actora EL LOCAL COMERCIAL ubicado en la carrera 17 esquina calle 44, de esta ciudad de Barquisimeto, Municipio Iribarren del Estado Lara, libre de personas y bienes, así como en perfecto estado de mantenimiento y conservación, tal como lo recibió.
TERCERO: Se condena en costas a la parte dema.....