En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas este Juzgado Superior Segundo de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad que le confiere la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación ejercido por la Abogada Carmen Luisa Durán, apoderada judicial de la parte demandante, contra la Decisión de fecha 25/01/2007 dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: No hay condenatoria en Costas dadas las resultas del fallo.
TERCERO: Se REPONE la causa al estado de que el Juez de Juicio a quien corresponda fije nueva oportunidad para la celebración de la Audiencia oral y pública, sin necesidad de nueva notificación, dado que las partes se encuentran a derecho.
CUARTO: Se REVOCA en todas sus partes la decisión recurrida.