En razón de las anteriores consideraciones, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la Extinción de OBLIGACION DE MANUTENCIÓN, solicitado por el ciudadano, CARLOS ARTURO LEON MONTES, padre de la hoy joven adulta DIANA VALENTINA LEON GUILLEN, todos plenamente identificados en autos, en consecuencia se declara extinta la Obligación de Manutención fijada mediante sentencia dictada por el extinto Sala de Juicio Nro. 03 del Tribunal de Protección de Niños y Adolescentes, de fecha 21 de noviembre del año 2006, que declaró CON LUGAR, la demanda de Revisión de la Obligación Alimentaría formulada por la ciudadana Esliber Encarnación Guillen Colmenarez, en contra del ciudadano Carlos Arturo León Montes, am.....