Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado de Juicio N° 6 administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA que se le seguía a quien en vida respondiera al nombre de Jhonatan Javier Sánchez Cheji, venezolano, mayor de edad, de 18 años de edad, titular de la cédula de identidad No 17.784.795, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 103 del Código Penal, en concordancia con el 48 ordinal 1° y 322 del Código Orgánico Procesal Penal por haberse extinguido la acción penal en lo que se refiere a este ciudadano. En el caso del Acusado Franklin Arriechi Diaz plenamente identificado en autos, se seguirá su curso por el procedimiento ordinario.