DECISIÓN
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO, fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil, en consecuencia, DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, contraído por los ciudadanos MARIBEL SANCHEZ HERNANDEZ y VICTOR JULIO MOLINA GALVIS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 12.906.979 y 22.256.015, por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Rómulo Gallegos del Municipio Autónomo Sucre del Estado Zulia, en fecha 21 de junio de mil novecientos noventa y uno (1.991), acta Nro. 21. Así se decide.
De conformidad a lo dispuesto en los Artículos; 506 y 507 del Código Civil, se ordena librar sendas copias certificadas de la presente decisión, al Jefe de Registro Civil del Municipio Sucre del Estado Zulia y al Registrador Principal de éste Estado, en su oportunidad legal a los fin.....