En mérito de lo anteriormente expuesto, el Juez Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR el Recurso de Nulidad de Acto Administrativo, interpuesto por la Sociedad Mercantil PROCER, C.A., en contra de Providencia administrativa Nº 799, de fecha 12 de junio de 2015, dictada por la Inspectoría del Trabajo del estado Lara, sede Pedro Pascual Abarca, en el expediente 025-2013-01-00117, en la que declaró CON LUGAR la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos interpuesta por el ciudadano EDGAR ANTONIO MONTILLA ZAMBRANO, titular de la cédula de identidad Nº 11.218.848. Así se decide.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, por verificar este Juzgador que existe una norma de orden público, la cual debe garantizarse sobre la condición de qu.....