DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto, este Tribunal de Control Nº 11 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley ACUERDA: PRIMERO: A los fines de dar cumplimiento al Art. 44 numeral 1 de la Constitución, estima presentes los supuestos del Art. 373 del COPP, por lo que se DECRETA CON LUGAR LA APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA de la detención de los Ciudadanos: ELIESER LEOPOLDO PEROZO RODRIGUEZ, Titular de la Cédula de Identidad Nº 16.442.5888, LUWIN JOHAN ACOSTA HERNANDEZ, Titular de la Cédula de Identidad Nº 17.912.865 y ENRIQUE JESUS ALVES LAYA, Titular de la Cédula de Identidad Nº 10.737.065. SEGUNDO: Se acoge la precalificación fiscal por el delito de: Homicidio a Titulo de Dolo eventual, de conformidad con el articulo 405 del Código Penal. TERCERO: Se acuerda la tramitación de la causa por el PROCEDIMIENTO ORDINARIO. CUARTO: En cuanto a la medida de coerción personal se acuerda .....