A Juicio de este Juzgador hacen procedente decretar la Medida de Privación Preventiva de Libertad al imputado Gabino Antonio Juárez Pire, por encontrarse satisfechos los extremos requeridos en los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal, por los delitos de Robo Agravado en grado de frustración y lesiones leves; así mismo se declara con lugar la Flagrancia y se decreta seguir la presente causa por el procedimiento abreviado.