Por las razones expuestas, este Tribunal Superior en lo civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, actuando en sede constitucional, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer la presente acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos, por el ciudadano ALBERTO GREGORIO RAFAEL SERRANO MORENO, titular de la cédula de identidad Nº 7.911.515,inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 111.997, actuando en su propio nombre y representación, contra la "(...) Resolución N° DDPG-2014-460 emanada del Defensor Público General (E) (...) de fecha dieciséis (16) de Septiembre (sic) de 2014 con Oficio (sic) N° CRHDP-EG-2014-0358, suscrita por Delegación (sic) de Firma (sic) por el Coordinador de Recursos Humanos (...)", por la presunta infracción de los artículos 75 y 76 de la Constitución .....