DISPOSITIVA
Primero: Se decreta la perención de la instancia de Aumento de Obligación Alimentaría, formulada por la ciudadana: GLADIS COROMOTO PAREDES VALERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.499.968
Segundo: Archivase este expediente en su oportunidad.
Tercero: Por cuanto la ciudadana carece de dirección exacta a los efectos de practicar la respectiva notificación, se acuerda fijar dicha notificación en la cartelera de este Tribunal de conformidad con el artículo 174 del Código de Procedimiento Civil.