DISPOSITIVA
Por las razones expuestas y artículos citados, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda:
PRIMERO: Se homologa el convenimiento realizado por ante el Consejo de protección del Niño, Niña y del Adolescente del Municipio Pampàn Estado Trujillo, de fecha 21 de Noviembre de 2007, entre los ciudadanos: RAFAEL RAMÓN ROJAS PEÑA y DAYRE MARIA BATISTA, ya identificados, en donde el padre, aportará la suma de CIENTO CUARENTA MIL (Bs. 140.000,00) mensuales, estableciendo que los gastos de inicio de escolaridad, hospitalización, cirugía etc. esto serán cubierto de manera conjunta por ambos progenitores sin que ellos signifique que el padre no pueda aportar más del lo fijado, cuando la circunstancia así lo amerite y de acuerdo a la posibilidades económicas del obligado, cantidad esta que será depositada p.....